martes, 29 de octubre de 2013

RESUMEN SOBRE LA LEY 20.422 QUE HABLA SOBRE LA DISCAPACIDAD (DIFUNDIR)

Ley 20422 establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad • El 10 de febrero de 2010 entró en vigencia la Ley 20.422, que establece normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las Personas coN Discapacidad. Principales Contenidos: • ¿En qué consiste la medida? • ¿ Quiénes están obligados a cumplirla? • ¿A quiénes benefician? • ¿En qué plazo debe cumplirse la medida? • ¿Cuáles son los instrumentos de fiscalización y sanción que se aplican en caso De incumplimiento Objetivos y Principios de la ley • Objetivo: asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y la eliminación de cualquier forma de discriminación infundada en su discapacidad. Conceptos a considerar: • - Personas con discapacidad. • - Ayudas técnicas. • - Discriminación. • - Entorno. • - Cuidador. • - Servicios de Apoyo. Principios: • Contempla el principio de vida independiente • Accesibilidad y diseño universal • Intersectorialidad, participación y diálogo social Derecho a la igualdad de oportunidades • Se entiende por igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, la ausencia de discriminación por razón de discapacidad, así como la adopción de medidas de acción positiva orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, educacional, laboral, económica, cultural y social. Deberes del estado: 1 Promover igualdad de oportunidades. 2 Garantizar derecho a la igualdad de oportunidades. Calificación y certificación de la discapacidad • COMPIN (Comisiones de Medicina Preventiva e Invalidez). • Calificación y certificación de la discapacidad. • Discapacidad, grado, rehabilitación, reevaluación. • Atención: psicólogo, sociólogo, fonoaudiólogo, asistente social, educador diferencial, kinesiólogo o terapeuta ocupacional (según el caso), o si se necesita de otro especialista también se tomará en cuenta. • La calificación se deberá realizar con un plazo máximo de 20 días y la certificación entre los cinco siguientes. • COMPIN una vez que certifique la discapacidad, remitirá los antecedentes al servicio de registro civil e identificación para su inscripción. Registro Nacional de la Discapacidad (RND) • Verifica la certificación del COMPIN. • Deben presentar el apoyo del SENADIS. Optan a beneficios como: • Ayudas técnicas. • Apoyos de educación. • Financiamiento de proyectos. • Beneficios arancelarios. • Trasporte público. • Entrega de credencial. PREVENCIÓN Y REHABILITACIÓN • La Ley establece que la prevención y la rehabilitación constituyen una obligación del Estado y derecho y un deber de las personas con discapacidad , de su familia y la sociedad en conjunto. • Prevención de la discapacidad es toda acción o medida, pública o privada, que tenga por finalidad impedir o evitar que una persona experimente una deficiencia que restrinja su participación o limite su capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, así como impedir que ésta sea permanente. • La rehabilitación integral es el conjunto de acciones y medidas que tienen por finalidad que las personas con discapacidad alcancen el mayor grado de participación y capacidad de ejercer una o mas actividades esenciales de la vida diaria en consideración a la deficiencia que cause la discapacidad. El objetivo de las medidas y acciones de rehabilitación son: • 1.- Proporcionar o restablecer las funciones • 2.- Compensar la pérdida o la falta de una función o una limitación funcional • 3.- El desarrollo de conductas, actitudes y destrezas que permitan la inclusión laboral y educacional. • 4.- La interacción con el entorno económico, social, político, o cultural que puede agravar la deficiencia de que se trate. • Establece como derecho que el proceso de rehabilitación integre la participación de la familia de la persona con discapacidad, o de quienes los tengan a su cuidado. • Por su parte, consagra el deber del Estado de fomentar, preferentemente, la rehabilitación con base comunitaria y la creación de centros públicos o privados de prevención y rehabilitación. Medidas para la igualdad de oportunidades • MEDIDAS DE ACCESIBILIDAD • La ley contempla medidas para la igualdad de oportunidades en los siguientes ámbitos: • 1) Accesibilidad a la Cultura, Información y Comunicaciones. • 2) Accesibilidad al Entorno Físico y Transporte. • 3) Educación e Inclusión Escolar. • 4) Capacitación e Inserción Laboral. • 5) Franquicias Arancelarias. • 6) Reconocimiento de la Lengua de Señas. • El Estado a través de los organismos competentes, impulsará y aplicará medidas de acción positivas para fomentar la eliminación de barreras arquitectónicas y promover la accesibilidad universal. • Las bibliotecas de acceso público deberán contar con material, infraestructura y tecnologías accesibles destinadas a personas con discapacidad de causa sensorial, considerando facilidades, ajustes necesarios y la prestación de servicios de apoyo para la atención de estos usuarios. • Los productos farmacéuticos, alimentos de uso médico deberán contener medidas tales como la rotulación con sistema braille d su nombre y fecha de vencimiento, a fin de asegurar la debida protección de las personas con discapacidad visual en el uso estos productos • Cuando se ofrezcan servicios educacionales, capacitación o empleo, exigiendo la rendición de exámenes u otros requisitos análogos, se deben realizar ajustes necesarios para adecuar los mecanismos, procedimientos y practicas de selección. • En la aplicación de mecanismos de comunicación audiovisual que posibiliten a las personas con discapacidad auditiva el acceso a la programación de los canales de televisión, en el los casos que corresponda. • En la transmisión o emisión de campañas de servicio público con financiamiento público, de propaganda electoral de debates presidenciales y cadenas nacionales con .subtitulado lengua de señas Accesibilidad al entorno físico y al transporte Accesibilidad al Transporte Todos los medios de transporte público deberán contar con señalización, asientos y espacios suficientes, de fácil acceso para personas con discapacidad. Accesibilidad al entorno físico y al transporte Accesibilidad al entorno físico: Todo edificio de uso público que presten un servicio a la comunidad, toda edificación nueva, accesos a medios de transporte y a los bienes nacionales de uso público, deberán ser accesibles y utilizables en forma autovalente y sin dificultad por personas con discapacidad Educación e Inclusión escolar Exenciones Arancelarias • El pago de los vehículos importados por la aduana es del 50% para personas con discapacidad. • Estos vehículos no podrán tener un valor FOB superior a US$27.500, en el caso de Vehículos que transporten mercancías no podrán tener un valor superior a US$32.500, estas cantidades se actualizan anualmente. • Los vehículos destinados a transporte colectivo tendrán un valor FOB US$47.500 sin considerar los elementos de equipo especial según el reglamento de discapacidad. • El derecho que tienen las personas que acogen las franquicias arancelarias es solicitar al servicio de impuestos internos el pago del IVA ya sea de vehículos o ayudas técnicas en cuotas mensuales, trimestrales o semestrales, con un plazo máximo de 3 meses desde la fecha que se devengue el impuesto. Se reconoce la lengua de señas como medio de comunicación natural de la comunidad sorda. Fortalezas y debilidades de la ley 20.422 Fortalezas: Cualquier ciudadano puede denunciar faltas a la ley y existen facilidades para que lo hagan personas con discapacidad. Se crea una estructura organizada para trabajar en pro de las personas con discapacidad, particularmente el SENADIS y el rol que cumple el Ministerio de Planificación. Debilidades: • Se especifican fiscalizadores, pero no se exige frecuencia ni cantidad mínima de fiscalizaciones• Para cualquier empresa con fines de lucro que cuente con empleados discapacitados, no existen rebajas arancelarias para adquirir materias y medios de transporte para sus empleados. • La rebaja arancelaria no es efectivamente del 50% ya que se rebaja sólo uno de los impuestos, y el IVA no se rebaja. • No existe dentro de la ley un criterio para fijar el monto de las multas, sólo existe un rango, y no guarda ninguna relación con la situación de la institución involucrada. Por ejemplo: a una universidad no le afectaría pagar la multa máxima todos los años.

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